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Real Decreto 933/21: Obligaciones de registro documental en alojamientos

El Real Decreto 933/21 está actualmente en el punto de mira de muchos responsables de hoteles, alojamientos turísticos y, en general, de cualquier empresa con actividades de alojamiento de huéspedes. Se trata de la normativa establece obligaciones de registro documental para actividades de hospedaje, lo que se conoce como los «partes de viajeros», y su regulación implica la creación de registros únicos en la Secretaría de Estado de Seguridad y se establecen sanciones por incumplimiento de estas obligaciones.

Aunque en un principio debía entrar en vigor en el 2022, la Secretaría de Estado de Turismo indicó que las bases de datos que requería el Real Decreto no estarían activas hasta el 1 de enero de 2023, por lo que las obligaciones de registro se pospusieron en una primera instancia hasta entonces, y actualmente hay un periodo de adaptación que se extiende hasta octubre de 2024.

El objetivo principal es garantizar la seguridad ciudadana y proteger los derechos fundamentales, y su aplicación es de vital importancia para prevenir infracciones penales en el contexto actual. ¿En qué consiste exactamente y qué necesitas saber si tienes un hotel o un alojamiento turístico?

Obligaciones de registro documental en el Real Decreto 933/21

El Real Decreto 933/21 establece un marco normativo que impone obligaciones de registro documental en el ámbito de actividades de hospedaje. Estas obligaciones tienen como objetivo garantizar la seguridad ciudadana y proteger los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Española de 1978.

En virtud de esta normativa, tanto las personas físicas como las jurídicas que se dediquen a actividades de hospedaje están obligadas a llevar un registro documental de sus huéspedes y clientes, así como de las transacciones realizadas. Este registro debe incluir información detallada, como datos personales, fechas de estancia o alquiler, y cualquier otra información relevante.

Además, el Real Decreto 933/21 amplía las obligaciones de registro documental a otros actores involucrados, como los operadores turísticos y las plataformas digitales. Estas entidades también deben cumplir con la obligación de registrar y comunicar datos relacionados con las actividades de hospedaje y alquiler de vehículos.

¿Cuándo entra en vigor el Real Decreto 933/21?

El Real Decreto 933/21 entró en vigor el 2 de enero de 2023, estableciendo un periodo de adaptación que se extenderá hasta el 1 de octubre de 2024. Durante este tiempo, todas las entidades y personas obligadas deberán ajustarse a las nuevas obligaciones de registro documental establecidas en la normativa.

¿Cómo cumplir con la nueva normativa de hospedaje 933/21?

Para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones, el Ministerio del Interior ha establecido un procedimiento electrónico específico para los anfitriones profesionales, a través del cual los anfitriones deberán transmitir los datos de sus clientes de manera sistemática y segura.

Para enviar toda la información en cumplimiento con el real decreto 933/21, todos los datos deberán ser enviados a través del siguiente enlace.

Sanciones por incumplimiento de la nueva ley de hospedaje

El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones, que varían en función de la gravedad de la infracción.

En el caso de las infracciones leves, se impondrá una multa de hasta 100 euros. Estas infracciones pueden incluir el incumplimiento de la obligación de registro, la falta de comunicación de los datos requeridos o la realización de registros incorrectos o incompletos.

En cuanto a las infracciones graves, las multas pueden oscilar entre los 101 y los 30.000 euros. Estas infracciones incluyen acciones como el suministro de información falsa o engañosa, la obstrucción a la labor de supervisión por parte de las autoridades competentes, así como el incumplimiento reiterado de las obligaciones de registro.

Es importante destacar que la imposición de sanciones no exime de la obligación de cumplir con las obligaciones de registro documental. Además, estas sanciones se aplicarán de forma proporcional, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada caso.

Creación de registros únicos en la Secretaría de Estado de Seguridad

El Real Decreto 933/21 establece la creación de dos registros únicos centralizados en la Secretaría de Estado de Seguridad. Estos registros tienen como finalidad la prevención, investigación, detección y persecución de infracciones penales relacionadas con las actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor sin conductor.

Mediante la creación de estos registros únicos, se busca centralizar la información de las personas físicas y jurídicas que ejercen estas actividades, así como la de los operadores turísticos y las plataformas digitales. Esto permitirá una mayor eficacia en los procesos de control y seguimiento, contribuyendo así a garantizar la seguridad ciudadana.

Es importante destacar que la creación de estos registros únicos implica la obligación de registro y comunicación de los datos de los huéspedes y clientes que alquilen alojamientos o vehículos. Tanto los sujetos obligados como las plataformas digitales deben garantizar la correcta y completa transmisión de esta información a la Secretaría de Estado de Seguridad, según los procedimientos establecidos en la normativa.

 

Además, se establecen responsabilidades claras para los sujetos obligados en cuanto a la veracidad y actualización de los datos que se registren en estos registros. Es fundamental que la información sea precisa y esté al día, con el fin de facilitar las labores de prevención e investigación de las autoridades competentes.

En el 2024, las empresas del sector hospitality que todavía no se han puesto al día con los nuevos requisitos de esta normativa tienen hasta el 1 de octubre para hacerlo. Es cierto que a veces el cumplimiento de la normativa se puede percibir como un engorroso trámite, pero lo cierto es que los avances regulatorios mejoran la seguridad tanto de los usuarios como de las empresas, y con un sistema integrado de recogida y comunicación de datos, la adaptación a la nueva normativa puede ser incluso una oportunidad para fidelizar clientes.

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